Las cuotas son sin interĂ©s de financiaciĂ³n y se puede regularizar tributos, multas impositivas y saldos pendientes vencidos a diciembre del 2025. En el caso de Automotor incluye multas de trĂ¡nsito no judicializadas al 31 de enero de este año. Los planes se pueden formalizar hasta agosto del 2026.
La Municipalidad de Salta pone en vigencia Planes de Pago con amplias cuotas sin interĂ©s para regularizar Impuesto Automotor, Tasa de ProtecciĂ³n Ambiental y tributos vinculados al sector TurĂstico y GastronĂ³mico de la ciudad. La medida corre para los vencimientos sucedidos al 31 de diciembre del 2025. Con los planes de pago se podrĂ¡n cancelar impuestos vencidos, multas tributarias y multas de trĂ¡nsito no judicializadas.
Planes de pago Automotor
Los planes de pago para el Impuesto a la RadicaciĂ³n de Automotores y Tasa de ProtecciĂ³n Ambiental, son hasta en 12 cuotas sin interĂ©s de financiaciĂ³n. No hay lĂmite de cantidad de planes que pueda realizar un contribuyente, siempre que respete que sea uno por tributo y concepto. Los conceptos pueden ser impuestos vencidos, multas tributarias judicializadas y no judicializadas, saldos pendientes vencidos al 31 de diciembre del 2025.
Una novedad de estos planes, es que tambiĂ©n se pueden constituir para cancelar multas de trĂ¡nsito, siempre que no estĂ©n en proceso judicial. En este caso, los planes de pago se pueden hacer por multas realizadas al 31 de enero de este año.
Planes de pago sector turĂstico y gastronĂ³mico
En este caso, el municipio suma al RĂ©gimen de Acompañamiento al Sector TurĂstico, estos planes de pagos hasta en 36 cuotas sin interĂ©s de financiaciĂ³n, para regularizar deuda.
Alcanza a tributos vencidos como la TISSH; Tasa de Publicidad y Propaganda; Tasa por uso del Vertedero; Tasa de UtilizaciĂ³n de Espacios PĂºblicos; y Tasa de Diversiones y EspectĂ¡culos PĂºblicos; Impuesto a la RadicaciĂ³n de Automotores; multas de TrĂ¡nsito, TGI; Impuesto Inmobiliario vencidos al 31 de diciembre del 2025.
Tampoco hay lĂmite en la cantidad de planes de pago que pueda realizar el contribuyente. Siempre que se respete tributo y concepto.
Entre las actividades alcanzadas por esta medida se encuentran:
- Alojamiento turĂstico
- Establecimiento econĂ³mico con y sin espectĂ¡culos
- Agencia de viaje receptiva
- Prestador de turismo alternativo
- Turismo de congreso y eventos
- LocalizaciĂ³n de vehĂculos u otros medios
- Otra actividad turĂstica o gastronĂ³mica debidamente acreditada.
Formas de pago
En ambos casos, los planes de pago se pueden abonar a travĂ©s de una cuenta corriente o caja de ahorro de cualquier banco. Si ya se tienen clave fiscal se puede realizar el plan desde la pĂ¡gina web de Rentas https://rentas.dgrmsalta.gov.ar/#/inicio
En caso de que no se cuente con clave fiscal, los interesados se pueden acercar al CCM o las Oficinas de Rentas para adherir su CBU al débito y acceder a estas facilidades de pago. De no contar con ninguno de los dos medios, de forma presencial en dichas dependencias se puede generar chequeras de pago. Hay tiempo hasta agosto de este año para formalizar los planes de pago.




