El Gobierno derogó una medida que regía desde hacía más de 30 años y obligaba a las instituciones privadas a solicitar una autorización para establecer y actualizar sus aranceles.
El Gobierno desreguló los aranceles de los colegios privados. A partir de ahora, estas instituciones podrán fijar libremente los montos de sus cuotas y matrículas sin informar ni solicitar autorización al Estado.
A través del Decreto 787/25, el Gobierno derogó otro, el 2417, de 1993, que complementaba el marco normativo que regulaba la educación pública de gestión privada.
Según aquella Resolución, las escuelas privadas debían informar a los padres o responsables de los alumnos y alumnas, antes del 31 de octubre de cada año y para el período lectivo siguiente, el importe de la matrícula de inscripción o reinscripción, en caso de de que la hubiese; la cantidad de cuotas totales por servicios educativos y el monto de cada una de ellas; y la forma y plazo de pago y determinación de los recargos en caso de mora.
También establecía que los establecimientos de educación pública de gestión privada debían presentar aquellos mismos datos a la Superintendecia Nacional de Enseñanaza Privada y a la Secretaría de Comercio, y solicitar autorización ante el Ministerio de Educación -hoy Secretaría bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano- para percibir cuotas extraordinarias o realizar cualquier modificación en los aranceles.
Al justificar su decisión, el Gobierno sostuvo que la normativa contenida en el Decreo 2417 «presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos de enseñanza pública de gestión privada a las realidades educativas y económicas del país».
También alegó que la intervención del Estado en la regulación y financiamiento de los establecimientos de enseñanza de gestión privada «aunque busca garantizar la calidad educativa, ha generado efectos contraproducentes que afectan su funcionamiento y viabilidad económica» porque «limita su capacidad de adaptación a las fluctuaciones del mercado, impidiendo que estos ajusten sus precios en función de la realidad económica y los costos operativos».
«El requerimiento de los establecimientos de enseñanza de gestión privada de comunicar los montos de matrícula y de las cuotas con anticipación considerable, junto con la obligación de obtener la autorización estatal previa para modificar dichos valores, crea una situación de incertidumbre económica para los institutos, que suelen fijar cuotas más elevadas de lo necesario por temor a enfrentar costos que no puedan ser cubiertos sin aprobación estatal», señaló el Ejecutivo.
Agregó que el mecanismo vigente de regulación de aranceles es perjudicial para las familias y «constriñe el derecho de propiedad de los establecimientos educactivos, quienes, al ser entidades privadas, deberían tener la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados, sin necesidad de autorización estatal».
Por lo tanto, a partir de su entrada en vigencia, las instituciones de enseñanza de gestión privada podrán fijar y ajustar sus aranceles en función del contexto económico sin la obligación de comunicar las actualizaciones a las familias de los alumnos ni solicitar la autorización de la Secretaría de Educación.
El ministro de Desregulación de la Nación, Federico Sturzenegger, celebró la medida y sostuvo que le pondrá fin a los aumentos «exhorbitantes» en las cuotas de los colegios privados en marzo.
«Con esta derogación, se habilitan ajustes graduales y realistas, alineados con la evolución de la economía, sin saltos bruscos ni sobrecargos preventivos», aseguró. «Esto permite estabilizar el gasto de las familias en educación, y favorece un entorno más libre, equilibrado y sustentable para estas instituciones que representan, como decíamos, cerca del 6% del total de establecimientos educativos del país». Este esquema es el que actualmente rige para universidades e institutos de gestión privada.




