Los municipios buscan frenar las nuevas restricciones aduaneras que, segĆŗn sostienen, afectan al comercio fronterizo, el empleo y la economĆa de ambas localidades salteƱas.
De manera conjunta, los municipios de Aguas Blancas y Salvador Mazza presentaron ante la Justicia Federal una za presentaron ante la Justicia Federal una acción de amparo colectivo contra la Resolución General 5910/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que establece nuevas restricciones para el trĆ”nsito de mercaderĆas en la frontera.
La presentación judicial fue impulsada por el interventor de Aguas Blancas, AdriÔn Ariel ZigarÔn, junto al intendente de Salvador Mazza, Gustavo Eduardo Subelza, y lleva fecha del 19 de octubre de 2026.
Entre los principales puntos cuestionados, el documento seƱala la fijación de un lĆmite diario de 150 dólares por persona para el egreso de mercaderĆas, la prohibición de salida de granos como trigo, soja y maĆz en todas sus formas, y las restricciones al trĆ”nsito de productos acondicionados en envases iguales o superiores a los 10 kilos.
SegĆŗn argumentan los municipios, las nuevas disposiciones afectan una actividad comercial histórica que sostiene a numerosas familias y genera trabajo en las localidades fronterizas. AdemĆ”s, advierten sobre el impacto económico y social que las medidas podrĆan provocar en comerciantes, transportistas y trabajadores de frontera.
En el escrito, los representantes municipales sostienen que las restricciones modifican las condiciones que históricamente rigieron bajo la Resolución 2604/86 de la entonces Administración Nacional de Aduanas (ANA).
Por este motivo, solicitan que se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la Resolución 5910/2026, ademÔs de requerir una medida cautelar para suspender su aplicación en los pasos fronterizos de Aguas Blancas y Salvador Mazza.
La presentación busca restablecer las condiciones anteriores de circulación de mercaderĆas y evitar, segĆŗn lo expuesto en el amparo, un mayor deterioro de la actividad comercial, el empleo y los recursos económicos de ambas comunidades.
La acción judicial ya fue presentada; el documento no acredita todavĆa una resolución de la Justicia sobre el pedido de amparo.




