ARCA actualizó el monotributo: cuáles son las nuevas escalas, cuánto se paga desde agosto y cómo hacer la recategorización

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El organismo habilitó la recategorización del monotributo hasta el 5 de agosto y actualizó las escalas con un aumento del 16,8%. Las nuevas cuotas comenzarán a regir desde el vencimiento del 20 de agosto.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó las nuevas escalas del monotributo que entrarán en vigencia a partir del 1 de agosto, con una actualización del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales. Al mismo tiempo, quedó habilitado el proceso de recategorización para quienes deban modificar su categoría según los parámetros registrados durante los últimos 12 meses.

El trámite podrá realizarse hasta el 5 de agosto sin penalidades y las nuevas cuotas comenzarán a aplicarse desde el 20 de agosto, fecha en la que vencerá el pago mensual con los valores actualizados.

La actualización responde a la inflación acumulada durante el primer semestre del año, de acuerdo con los datos publicados por el INDEC.

Quiénes deben hacer la recategorización

Los monotributistas deberán revisar si corresponde modificar su categoría considerando los siguientes parámetros de los últimos 12 meses:

* Ingresos brutos.
* Alquileres devengados.
* Superficie afectada a la actividad.
* Consumo de energía eléctrica.

En cambio, no deberán realizar el trámite quienes mantengan los mismos parámetros que en el semestre anterior ni aquellos contribuyentes que todavía no cumplieron seis meses calendario desde el inicio de sus actividades.

ARCA también mantiene disponible la recategorización simplificada, una modalidad que muestra automáticamente la facturación anual registrada y agiliza el proceso para quienes cumplen con los requisitos.

Cómo hacer la recategorización del monotributo

Para completar el trámite, hay que seguir estos pasos:

1. Ingresar al portal de ARCA con CUIT y clave fiscal.
2. Acceder al servicio Monotributo.
3. Seleccionar la opción «Recategorizarme».
4. Revisar la información disponible y hacer clic en «Continuar recategorización».
5. Actualizar los datos, si corresponde.
6. Confirmar el trámite y descargar el formulario F.184 junto con la nueva credencial de pago.

La modalidad simplificada está disponible para quienes poseen únicamente puntos de venta de facturación electrónica y cuentan con 12 meses completos dentro del régimen.

Nuevas escalas del monotributo desde agosto

Los nuevos topes anuales de facturación quedaron establecidos de la siguiente manera:

Categoría Facturación anual
A Hasta $12.009.410,45
B Hasta $17.595.182,74
C Hasta $24.670.494,31
D Hasta $30.628.651,43
E Hasta $36.028.231,33
F Hasta $45.151.659,41
G Hasta $53.995.798,87
H Hasta $81.924.660,37
I Hasta $91.699.761,90
J Hasta $105.012.519,20
K Hasta $126.610.838,75

Cuánto habrá que pagar por mes

Las nuevas cuotas mensuales, que incluyen el impuesto integrado, el aporte jubilatorio y la obra social, serán las siguientes:

Categoría Servicios Bienes
A $49.527,18 $49.527,18
B $56.379,08 $56.379,08
C $66.020,12 $64.530,58
D $84.612,93 $82.564,81
E $119.811,45 $108.267,51
F $150.784,21 $129.930,65
G $230.312,94 $158.815,05
H $522.706,68 $317.895,01
I $963.747,86 $474.992,78
J $1.167.299,76 $580.793,69
K $1.614.446,04 $702.103,24

Qué pasa si no hacés la recategorización

ARCA recordó que puede realizar una recategorización de oficio cuando detecta diferencias entre la categoría declarada y la información fiscal disponible, como compras, gastos o acreditaciones bancarias incompatibles con los ingresos permitidos.

En esos casos, el organismo notificará la decisión a través del Domicilio Fiscal Electrónico. Si el contribuyente considera que la medida no corresponde, podrá presentar una apelación mediante el servicio Presentaciones Digitales, dentro de los plazos previstos por la normativa.

La actualización semestral busca mantener los parámetros del régimen simplificado alineados con la evolución de los precios. Por eso, antes del 5 de agosto, los monotributistas deberán revisar su situación para evitar inconsistencias y comenzar a pagar las nuevas cuotas a partir del próximo vencimiento.

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