El Gobierno promulgó la ley que permite regularizar armas sin registro

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La norma otorga un año para inscribir ante la ANMAC equipos de uso civil que estén fuera del sistema. Quienes no estén imputados quedarán exentos de consecuencias penales y administrativas. También se extiende hasta 2027 el plan de entrega voluntaria.

El Gobierno nacional promulgó este jueves la Ley 27.805, que establece un régimen excepcional para regularizar armas de fuego de uso civil y uso civil condicional que no estén registradas o cuya situación registral se haya vuelto irregular. La norma había sido sancionada por el Congreso el 14 de mayo.

El texto otorga un plazo de 360 días (contados desde su entrada en vigencia, el 18 de julio) para que los poseedores de ese tipo de armamento se presenten ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) y normalicen su situación. El organismo, que depende del Ministerio de Seguridad, será el encargado de realizar las verificaciones técnicas y registrales necesarias para incorporar los datos del arma y de su titular al Banco Nacional Informatizado de Datos.

También podrán acogerse al régimen quienes tengan repuestos principales de armas de fuego sin registrar. En los casos en que el solicitante no sea legítimo usuario, deberá iniciar simultáneamente el trámite para obtener esa habilitación.

La ley también establece obligaciones específicas para el organismo regulador. Antes de dar inicio a cualquier solicitud, la ANMAC deberá informar a cada interesado sobre los riesgos asociados a la tenencia de armas de fuego y sobre las alternativas disponibles para su entrega voluntaria y anónima. Además, tendrá la facultad de dictar normas técnicas y registrales para implementar el régimen, y deberá llevar adelante campañas de difusión dirigidas a la población en general.

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