La Provincia dio a conocer los principales aspectos del reglamento, que establece el valor de las licencias, los períodos de veda, las especies protegidas y las normas vigentes para la práctica de la pesca deportiva.
La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, dependiente del Ministerio de Producción y Minería, informa que, mediante la Resolución N.° 567, fue aprobado el Reglamento de Pesca Deportiva para la temporada 2026-2027. A continuación, se detallan los principales puntos de la normativa.
Licencias: valores y tramitación
Para realizar la actividad es obligatorio contar con una licencia personal e intransferible. El trámite puede realizarse de manera presencial en la sede de la Secretaría (Santiago del Estero 2245, Edificio B), en comercios habilitados o a través de la Ventanilla Digital de la Provincia.
Licencia anual libre: $10.000.
Licencia anual para federados: $5.000.
Licencia anual para menores de 12 a 17 años: $5.000.
Permiso diario (residentes y no residentes): $2.000.
Jubilados, personas con discapacidad y menores de 12 años: sin cargo.
Especies protegidas y prohibiciones
Dorado: se prohíbe su sacrificio o retención en todo el territorio provincial. Solo se permite la pesca con devolución obligatoria.
Sábalo y manguruyú (bagre negro y bagre amarillo): está prohibida su captura, tenencia y transporte.
Tararira (dentudo): rige una veda reproductiva total, con prohibición de sacrificio, desde el 15 de noviembre de 2026 hasta el 15 de enero de 2027.
Carnada viva: se prohíbe el uso de anguilas, morenas y caracoles, así como el traslado de carnada viva entre distintos ambientes acuáticos.
Vedas y temporadas por embalse
Cabra Corral
Veda: del 1 de agosto al 30 de noviembre de 2026, en las zonas norte y sur delimitadas.
Temporada: del 1 de diciembre de 2026 al 31 de julio de 2027.
Cupos principales: pejerrey (20 ejemplares, talla mínima de 21 centímetros) y bagre blanco (5 ejemplares, talla mínima de 35 centímetros).
Campo Alegre
Veda: del 1 de julio al 30 de noviembre de 2026.
Temporada: de diciembre de 2026 a junio de 2027.
Solo se permite la pesca desde la costa.
El Tunal
Veda: del 10 de diciembre de 2026 al 15 de marzo de 2027.
Temporada: del 28 de febrero de 2026 al 9 de diciembre de 2026.*
Las Lomitas
Veda: de septiembre a diciembre de 2026.
Solo se permite la pesca desde la costa.
Cuencas y ríos principales
Río Juramento
Temporada: del 1 de marzo al 8 de diciembre de 2026.
Veda: del 9 de diciembre de 2026 al 1 de marzo de 2027.
Está prohibida la pesca embarcada con motor. Además, existen sectores donde únicamente se permite la pesca con devolución obligatoria, como aguas abajo de Peñas Blancas y en los 12 kilómetros aguas arriba del embalse El Tunal.
Río Bermejo
Temporada: del 2 de febrero de 2026 al 12 de octubre de 2027.*
Veda: del 13 de octubre de 2026 al 1 de febrero de 2027.
Cupos principales: surubí (1 ejemplar, talla mínima de 80 centímetros), pacú (1 ejemplar, talla mínima de 45 centímetros) y dorado (captura con devolución obligatoria).
Río Pilcomayo
Temporada: del 1 de febrero al 21 de septiembre de 2026.
Veda: del 22 de septiembre de 2026 al 1 de febrero de 2027.
Río Pescado
Se permite la pesca del 1 de febrero al 22 de septiembre de 2026 únicamente con devolución obligatoria de todas las especies.
Río Arenales
Rige veda total durante todo el año para todas las especies.
Equipos y requisitos
Se autoriza el uso de una caña con un único anzuelo por persona. Solo para la pesca de pejerrey se permiten hasta dos anzuelos.
La Hoja de Ruta es obligatoria y debe tramitarse en la Secretaría, además de ser visada por la autoridad policial antes del inicio de la excursión y al regresar.
Las embarcaciones comerciales deberán contar con un guía de pesca capacitado y certificado por la Autoridad de Aplicación.
Asimismo, se dictarán cursos de capacitación destinados a guías de pesca, clubes y personas que comercializan carnada viva.
El texto completo del Reglamento de Pesca Deportiva puede consultarse en el Boletín Oficial de la Provincia: https://boletinoficialsalta.gob.ar/boletindigital/2026/22240.pdf páginas 11 a 16 https://boletinoficialsalta.gob.ar/anexodigital/2026/22240.pdfde la Resolución y páginas 7 a 20 de su Anexo




